VIRREINATO II

 VIRREINATO II



Continuacion...................






AUTORIDADES METROPOLITANAS O PENINSULARES

1. REY:

Es la máxima autoridad de todo el Imperio español. Su poder es absoluto, totalitario y omnímodo, basado en el supuesto “derecho divino de los reyes”. Gobierna las colonias a través de reales cédulas, reales órdenes.
Durante el Virreinato, el Imperio colonial español estuvo gobernado por dos dinastías, que mencionaremos a continuación:







(*) A la muerte de Carlos II de Habsburgo, y al no dejar descendiente a la corona, se produjo en Europa la GUERRA DE SUCESIÓN ESPAÑOLA de 1700 a 1713, motivada por la ambición de las potencias europeas de colocar en el trono español a uno de sus pretendientes. Esta Guerra terminó en 1713 con la firma del TRATADO DE UTRECH, por el cual la Corona española pasaba a manos de la casa de Borbón, de origen francés, siendo coronado Rey de España, Felipe de Anjou, nieto de Luis XIV, el “Rey Sol”, con el título de Felipe V de Borbón.


2. REAL Y SUPREMO CONSEJO DE INDIAS:

Fue un organismo colegiado y político que aconsejaba y asesoraba al Rey en el gobierno de sus colonias americanas. Creada en 1524, por Carlos I, fue reglamentada en 1571 por Felipe II. Estaba integrado por: 1 presidente, un canciller, un fiscal, 18 consejeros, un registrador, un cronista, un cosmógrafo, un alguacil, 2 secretarios y un capellán. Su primer Presidente fue Fray García de Loayza.

Entre sus principales funciones y atribuciones podemos mencionar:

 Político-administrativas: Propone el nombramiento de autoridades civiles, militares, judiciales y eclesiásticas de la colonia. Además prepara las ordenanzas reales y reales cédulas (leyes de indias). Envían visitadores a la colonia.

 Judiciales: Hace Juicio de residencia al Virrey y a las autoriades al concluir su mandato. Es máximo tribunal de apelación.

 Religiosas: Apelando al derecho del Real Patronato o Patronato Regio, intervenía en la designación de autoridades eclesiásticas.

 Militares: Organiza y dirige a la Armada Naval mediante el “Consejo de Almirantazgo” y al ejército mediante el “Consejo de Guerra”.

 Culturales: Cronista mayor y cosmógrafo superior

  Económicas: Elabora planes y proyectos económicos. Controla las rentas reales.


AUTORIDADES LOCALES

1. EL VIRREY:

Es el representante del Rey de España en las colonias y por lo tanto la máxima autoridad en el Virreinato. Sus funciones eran tan variadas como las que cumplía el Consejo de Indias, solo que el Virrey era el instrumento ejecutor de de esa política en su jurisdicción. Al inicio los Virreyes fueron nombrados en su cargo de por vida, pero después se le extendió nombramiento por 5 años. Gozaban de enorme autoridad, en vista de la lejanía de la metrópoli, lo que incluía la nominación de su sucesor interino, en caso de fallecimiento repentino, nominación que se guardaba en el llamado PLIEGO DE MORTAJA. Para Supervisar el estado en que se hallaba el Virreinato, la corona enviaba periódicamente VISITADORES, los cuales informaban al Rey sobre lo observado para de esta manera tomarse decisiones de Estado. Al culminar su mandato, el Virrey debía preparar las MEMORIAS, que era un informe y balance de su gestión gubernativa y, al retornar a España, era sometido a JUICIO DE RESIDENCIA, que por lo general duraba 4 años, y era realizado por el Consejo de Indias. En este juicio, el Virrey estaba obligado a responder por las acusaciones que se le imputaba durante el ejercicio de su gestión.

  FUNCIONES:

   Políticas: Era el Jefe supremo del gobierno virreinal. Promulga ordenanzas legislativas.
  Administrativas: Nombra empleados y algunos funcionarios de la burocracia virreinal. Decreta la fundación de ciudades.
  Económicas: Es superintendente de la Real Hacienda. Regula la política fiscal y monetaria, y, en general el intervencionismo económico, la recaudación de impuestos, según las exigencias de la Corona.
 Judiciales: Preside la Real Audiencia y puede emitir sentencias.
  Militares: Tiene el grado de Capitán General de las fuerzas militares y navales.
  Religiosas: Interviene en el nombramiento de las autoridades eclesiásticas en virtud del derecho del Vice-Patronato Regio.
 Culturales: Es el encargado de occidentalizar a la población autóctona, a través de mecanismos de control y coerción ideológica y material, aplicadas por la Iglesia y el aparato burocrático – militar del Virreinato.

2. LA REAL AUDIENCIA: 

Fue el máximo tribunal de justicia del Virreinato. Además, después del Virrey eran los organismos superiores de la administración, ya que no sólo cumplían funciones específicas de justicia sino que también ejercían responsabilidades políticas, tanto ejecutivas, asesorando al Virrey o sustituyéndolo en caso de ausencia o vacancia de éste, así como legislativas, emitiendo ordenanzas en el Real Acuerdo. Los fallos y sentencias de la Real Audiencia podían ser apelados ante el Consejo de Indias.

 Composición: Estaba constituido por un Presidente, 8 oidores, dos fiscales: uno para asuntos civiles y otro para asuntos penales y cuatro Alcaldes del Crimen.
 N ° de Audiencias: (ver epígrafe referido a extensión)

3. LOS CORREGIMIENTOS:

Fueron subdivisiones territoriales de las Audiencias, a modo de provincias actuales. Cada corregimiento aglutinaba muchas reducciones o pueblos indios en su interior. Su autoridad máxima fue el CORREGIDOR. Éste estaba investido de amplias facultades en el ámbito de su jurisdicción, tanto en lo político, administrativo, económico y judicial. Su contacto directo con la masa indígena, vino a representar la presencia del Estado colonial en los lugares más alejados del Virreinato. Señores absolutos en cada una de sus dependencias, el exceso de poder los conduciría a los abusos y atropellos más execrables en contra de la población india, convirtiéndolos en los funcionarios más odiados del régimen colonial. Corruptos además de abusivos, usufructuaron dolosamente de los impuestos del fisco. Poseídos de una ambición insaciable, son tristemente célebres por aplicarle al indio el REPARTO MERCANTIL, que era la adquisición obligatoria de mercancías, en muchos de los casos inútiles y a precios exorbitantes. Además de lo anterior, el Corregidor en coordinación con el Cacique, explota al indio a través de la mita y la recaudación del tributo anual. Sus permanentes abusos fueron causa de numerosas sublevaciones indígenas a lo largo de todo el Virreinato, pero cabe destacarse, entre todas, a la gran Revolución de Túpac Amaru II, hecho que determinará su supresión definitiva hacia 1784, durante el reinado de Carlos III, en el contexto de la aplicación de las Reformas Borbónicas, y siendo reemplazadas por las INTENDENCIAS.

4. LAS INTENDENCIAS:

Fueron grandes subdivisiones territoriales de la Audiencia, a modo de grandes departamentos. Establecidas en 1784 por Carlos III de Borbón en reemplazo de los Corregimientos, se les considera como los antecedentes coloniales de los actuales departamentos. Su máxima autoridad es el INTENDENTE, el cual posee amplias facultades, aunque sin llegar al extremo opresivo del Corregidor.

El Virreinato peruano fue subdividido en 7 Intendencias: Trujillo, Lima, Arequipa, Cusco, Huamanga. Huancavelica y Tarma. Es recién en 1796 cuando la Intendencia de Puno fue reincorporada al Perú.

Por su menor número y por la prohibición que tenían los intendentes de ejercer cualquier tipo de comercio en su jurisdicción, fueron un verdadero alivio para la población indígena.

Territorialmente se subdividía en Partidos, el cual estaba a cargo de un funcionario colonial llamado SUBDELEGADO.

5. CABILDO:

Era la institución encargada de la administración vecinal. Por sus funciones, es el antecedente colonial de las actuales municipalidades. Estaba compuesto por 2 alcaldes y varios regidores. Entre sus funciones más importantes podemos mencionar:

 -Velar por el ornato, el orden y la seguridad pública de la ciudad.
 -Administrar los arbitrios y fijar los precios de los alimentos.
 -Discutir en asambleas públicas, llamados “Cabildos abiertos”, sus problemas locales, para tomar decisiones.